Los extranjeros mayores de 16 años pueden ejercer en España el trabajo por cuenta propia tras haber pedido la autorización administrativa para trabajar, que consiste en el permiso de trabajo.
Para solicitar un permiso inicial de trabajo por cuenta propia se requiere fotocopia de pasaporte, fotografías, titulación de estar capacitado para la profesión, demás documentación y proyecto de actividad o establecimiento a realizar acreditando que se solicitan las licencias y autorizaciones que corresponden.
En caso de permiso de residencia temporal hay que acreditar la permanencia continuada en el país durante al menos 3 años y con situación excepcional y acreditada de arraigo como vínculos familiares con españoles o extranjeros residentes (o contar con un trabajo, aunque si se va a iniciar actividad por cuenta propia este es el menor de los casos).
Un individuo no español que quiere trabajar como autónomo en España puede encontrarse en estas situaciones:
Requisitos para la autorización de trabajo por cuenta propia y residencia temporal
Tramitación de solicitud de residencia temporal y trabajo por cuenta propia
Una vez conseguido el visado, debe recogerlo en un plazo de mes y entrar en territorio español el plazo de vigencia. Una vez hecho esto, debe afiliarse, darse de alta y cotizar por la actividad. Esta autorización tiene una duración inicial de un año. Pasado un año, si se siguen cumpliendo los requisitos y se está al tanto de las obligaciones de seguridad social y fiscales, se puede pedir la renovación en los 60 días previos a la expiración de su autorización. En caso de renovación, ésta tiene una vigencia de dos años. A partir de los 5 años se obtiene permiso permanente.
Los extranjeros en España con un año de residencia legal pueden conseguir la residencia y acceder a un trabajo por cuenta propia tienen que cumplir las mismas condiciones que los otros y su autorización de trabajo se concede si se dan de alta como trabajadores en la Seguridad social antes de un mes desde la notificación.
Si ya se tiene permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, se debe ir a la Oficina de Extranjeros de la ciudad a hacer el cambio a cuenta propia. En caso de sólo permiso de residencia hay que pedir el permiso de trabajo por cuenta propia con los requisitos y documentos indicados anteriormente.
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